Consejo añadido 22 marzo 2011

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

¡No cancele hasta que pasen diez años!

Su empresa adquirió el local donde desarrolla su actividad mediante ‘leasing’. Ahora va a vender el inmueble, por lo que procederá a cancelar el ‘leasing’. ¿Sabe que es mejor esperar a que transcurran diez años para hacerlo?

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Última actualización: 17.05.2024

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