Consejo añadido 14 febrero 2013

INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA

Por un máximo de seis años

Como administrador de fincas, usted tiene un encargo general de algunos clientes para administrar sus pisos, por lo que a veces firma los contratos de alquiler. Sepa que si no tiene un poder especial, no podrán ser de duración superior a seis años.

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Última actualización: 13.05.2024

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