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RECLAMACIONES
La Administración se retrasa
Su empresa prestó unos servicios a un ayuntamiento y el pago se está retrasando. ¿Qué derechos tiene cuando es la Administración la que no paga? ¿Cómo debe actuar en estos casos?
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IMPAGADOS
¡Me ha devuelto el pagaré!
Su empresa prestó unos servicios a un cliente y éste le entregó un pagaré. No obstante, al volver de vacaciones resulta que el pagaré ha sido impagado. ¿Cómo debe actuar para reclamar el cobro?
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IMPAGADOS
¿Qué hago con el pagaré?
Un cliente le entregó un pagaré que vence próximamente. Pero, como usted se teme que el banco se lo va a devolver por falta de fondos (y que le cobrará gastos de devolución), se pregunta si está obligado a presentarlo al cobro.
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IMPAGADOS
Reclame intereses y costes de cobro
Si su empresa recibe un impagado, recuerde que puede reclamar intereses de demora y todos los costes de cobro en los que haya incurrido.
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RECLAMACIONES
¿Qué hago con este pagaré?
Su empresa tiene un pagaré que resultó impagado, pero que aún no ha reclamado judicialmente (como no tiene claro que el deudor sea solvente, quiere evitar más gastos...). ¿Hasta cuándo puede esperar para reclamar?
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MEDIOS DE PAGO
¿Qué pasa si no lo presento?
Un cliente le pide que no presente al cobro un pagaré que vencerá en los próximos días, ya que no tiene fondos para atenderlo. ¿Perderá usted algún derecho?
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IMPAGADOS
Te reclamo el impagado... y los gastos
Cuando el banco le carga un impagado en cuenta, añade un montón de gastos adicionales. ¿Puede usted reclamárselos después a su cliente? ¿Puede también reclamar intereses por el retraso?
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IMPAGADOS
¿Tengo que presentarlo a la fuerza?
Se acerca el vencimiento de un pagaré a su favor, y usted ya sabe que no se lo van a pagar. Por ello, quiere evitar la presentación al banco y los gastos de devolución. ¿Está obligado a presentarlo si después piensa reclamar?
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IMPAGADOS
Exija también una compensación
Un cliente le debe dinero desde hace tiempo, por lo que, tras habérselo reclamado en numerosas ocasiones sin éxito, ha decidido recurrir a la vía judicial. ¿Sabe que además del dinero que le debe, puede reclamar cantidades adicionales?
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