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ARRENDAMIENTOS
Subrogación: cambio de criterio
En los alquileres de vivienda de renta antigua, cuando fallece el inquilino, pueden continuar en el piso el cónyuge y los hijos si lo comunican al arrendador en el plazo de tres meses. Pero los tribunales acaban de suavizar este último requisito…
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ARRENDAMIENTOS
¿Más de dos subrogaciones?
En los contratos de renta antigua la regla general es que, cuando fallece el arrendatario, sólo caben dos subrogaciones. No obstante, en algunos casos la ley admite más de dos subrogaciones...
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ARRENDAMIENTOS
Hay que notificar la subrogación
Si tiene arrendada una vivienda con un contrato de renta antigua, recuerde que le deben notificar la subrogación en caso de fallecimiento del inquilino. De lo contrario, puede dar por finalizado el contrato y desalojar la vivienda.
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ARRENDAMIENTOS
Cinco años más sólo si hubo “traspaso”
Usted es propietario de un local alquilado en régimen de prórroga forzosa, y en su momento comprobó que su contrato no acababa en 2015, pues había habido un traspaso antes de la entrada en vigor de la LAU...
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ARRENDAMIENTOS
Quiero saber cómo está el alquiler
Uno de sus clientes ha heredado un piso alquilado en prórroga forzosa, pero desconoce en qué circunstancias está el alquiler: ¿aún vive el inquilino inicial, o alguien se ha subrogado? ¿Se ha superado ya el límite de subrogaciones?
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ARRENDAMIENTOS
No hubo subrogación
Usted tiene alquilado un piso en régimen de prórroga forzosa, y desde el principio del alquiler ha residido allí un matrimonio. El contrato lo firmó sólo el marido, y ahora usted se acaba de enterar de que éste ha fallecido...
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