Artículos relacionados
Resultados de la búsqueda: 10 artículo(s)
ARRENDAMIENTOS
Que no pueda enervar
Al aumentar el plazo obligatorio de los alquileres de vivienda, a algunos arrendadores puede interesarles resolver el contrato y desalojar la vivienda ante el impago del inquilino. No obstante, recuerde que éste puede “enervar” el desahucio...
Más...
ARRENDAMIENTOS
Le requiero para que no “enerve”
Si tiene un inquilino que no paga y quiere evitar que enerve el desahucio, envíele un requerimiento de pago previo a la demanda. Si transcurren 30 días y sigue sin pagar, ya podrá presentar el desahucio...
Más...
ARRENDAMIENTOS
Que no se demore el desahucio
Usted tiene una vivienda arrendada. Dado que el arrendatario ya le debe dos mensualidades, ha decidido presentar un desahucio. Vea algunas situaciones que pueden demorar el desahucio y evítelas...
Más...
ARRENDAMIENTOS
Ya no podrá enervar otra vez
Dado que su inquilino le debe dos mensualidades, usted va a presentar un desahucio. Pero le preocupa que el moroso pague antes de que le notifiquen la demanda y que al final iniciar el procedimiento no le sirva de nada...
Más...
ARRENDAMIENTOS
Sólo diez días para enervar
Actualmente, el inquilino dispone sólo de diez días tras el requerimiento del juzgado para enervar el desahucio.
Más...