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ARRENDAMIENTOS

Ya no puede enervar

ARRENDAMIENTOS

Enervación del desahucio y costas

ARRENDAMIENTOS

Que no pueda enervar

Al aumentar el plazo obligatorio de los alquileres de vivienda, a algunos arrendadores puede interesarles resolver el contrato y desalojar la vivienda ante el impago del inquilino. No obstante, recuerde que éste puede “enervar” el desahucio... Más...

ARRENDAMIENTOS

Ya no podrá enervar otra vez

Dado que su inquilino le debe dos mensualidades, usted va a presentar un desahucio. Pero le preocupa que el moroso pague antes de que le notifiquen la demanda y que al final iniciar el procedimiento no le sirva de nada... Más...

ARRENDAMIENTOS

Aunque enerve, reclame las costas

ARRENDAMIENTOS

No quiero que “enerve” el desahucio

Su inquilino le debe dos mensualidades, por lo que usted quiere presentar un desahucio... Pues bien, aunque el demandado tiene derecho a enervar ese desahucio, vea los casos en los que usted puede evitarlo. Más...

ARRENDAMIENTOS

¿Cómo debe ser el requerimiento?

DESAHUCIO

No recoge el requerimiento

DESAHUCIO

El requerimiento bien hecho

ARRENDAMIENTOS

Sólo diez días para enervar

Actualmente, el inquilino dispone sólo de diez días tras el requerimiento del juzgado para enervar el desahucio. Más...
Última actualización: 15.05.2024

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