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ARRENDAMIENTOS
Que no pueda enervar
Al aumentar el plazo obligatorio de los alquileres de vivienda, a algunos arrendadores puede interesarles resolver el contrato y desalojar la vivienda ante el impago del inquilino. No obstante, recuerde que éste puede “enervar” el desahucio...
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ARRENDAMIENTOS
Ya no podrá enervar otra vez
Dado que su inquilino le debe dos mensualidades, usted va a presentar un desahucio. Pero le preocupa que el moroso pague antes de que le notifiquen la demanda y que al final iniciar el procedimiento no le sirva de nada...
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ARRENDAMIENTOS
No quiero que “enerve” el desahucio
Su inquilino le debe dos mensualidades, por lo que usted quiere presentar un desahucio... Pues bien, aunque el demandado tiene derecho a enervar ese desahucio, vea los casos en los que usted puede evitarlo.
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ARRENDAMIENTOS
Sólo diez días para enervar
Actualmente, el inquilino dispone sólo de diez días tras el requerimiento del juzgado para enervar el desahucio.
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