Consejo añadido 22 marzo 2024

COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

Un desfibrilador en la comunidad

En una de las comunidades de propietarios que usted administra los propietarios desean aumentar la seguridad de los vecinos y plantean instalar un desfibrilador. ¿Hay obligación de hacerlo? ¿Cómo se debería proceder?

Acceder

Nombre de usurario
Contraseña Recordar [?]


¿Olvidó su nombre de usario/contraseña?

Suscribirse

El acceso a
Apuntes & Consejos - Base de datos para empresas
está reservado a los suscriptores.

¿No está suscrito?
Si todavía no se ha suscrito y está interesado en su contenido, puede suscribirse ahora para acceder directamente.

Suscribirse

© Lefebvre - El Derecho, S.A. - Avenida Diagonal 415, 7.ª planta - 08008 Barcelona
Tel.: 902 22 64 60 / 93 342 65 00 - Fax: 915 781 617 - NIF: A79216651 - www.indicator.es - clientes@lefebvre.es

Última actualización: 29.04.2024

Más acerca de INDICATOR | Lefebvre - El Derecho, S.A.