Consejo añadido 10 mayo 2012

RECLAMACIONES

El plazo es de dos años

Su empresa intervino en la edificación de unos pisos. Tiempo después de acabar la obra, la comunidad de propietarios del edificio le envió un burofax, reclamándole la reparación de unos supuestos defectos constructivos.

Acceder

Nombre de usurario
Contraseña Recordar [?]


¿Olvidó su nombre de usario/contraseña?

Suscribirse

El acceso a
Apuntes & Consejos - Base de datos para empresas
está reservado a los suscriptores.

¿No está suscrito?
Si todavía no se ha suscrito y está interesado en su contenido, puede suscribirse ahora para acceder directamente.

Suscribirse

© Lefebvre - El Derecho, S.A. - Avenida Diagonal 415, 7.ª planta - 08008 Barcelona
Tel.: 902 22 64 60 / 93 342 65 00 - Fax: 915 781 617 - NIF: A79216651 - www.indicator.es - clientes@lefebvre.es

Última actualización: 12.06.2024